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El reconocimiento de condenas penales europeas a efectos de acumulación. A propósito del caso Picabea ¿Puede un condenado en un Estado de la UE solicitar ante un juez español que se tenga en cuenta una condena previa europea a efectos de acumulación? A este pregunta respondieron en sentido contrario las distintas secciones de la Audiencia Nacional en el caso Picabea. Ante la disparidad de criterios la STS 471/2015, de 27 de enero de 2015 sentó doctrina denegando a un terrorista la toma en consideración de una condena francesa que tendría como efecto su excarcelación inmediata al tener que descontar del límite de cumplimiento máximo el tiempo de prisión cumplido en Francia. Partiendo de la singularidad en la que esta resolución es adoptada, el terrorismo, siempre presente en las decisiones más relevantes de la evolución del sistema de cómputo de penas en nuestra reciente historia legislativa y jurisprudencial, esta monografía ofrece un análisis de la institución de la acumulación de condenas en el ordenamiento español, de su tendencia inicialmente expansiva tanto cronológica como espacialmente para, de la mano del caso Picabea, introducirse en el Derecho de la UE con el estudio de la transposición del legislador español de la Decisión Marco 2008/675/JAI de 24 de julio de 2008, bajo la lupa del principio de interpretación conforme del Derecho nacional y de la polémica resolución del Alto Tribunal.