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Las actividades deportivas de mayor importancia jurídica son las competiciones oficiales. En esta obra se explica, se comenta y se interpreta la normativa que regula el régimen jurídico de los jueces y árbitros deportivos de disciplinas hípicas, porque sin su presencia no sería posible la celebración de competiciones oficiales. Al ser esencial su actuación, conocer el contenido de estas normas interesa a todas las personas que participan o intervienen en esos eventos deportivos.A pesar de que parte de la normativa examinada se refiere al deporte ecuestre, este trabajo también puede ser útil para resolver cuestiones similares (sobre responsabilidad disciplinaria, responsabilidad civil, posible revisión de decisiones arbitrales erróneas, dudas razonables sobre la imparcialidad de los jueces deportivos, etc.) que se planteen en otras modalidades deportivas.La Dra. M.ª Corona Quesada González, destacada jurista, autora de diversas publicaciones jurídicas, ha aportado su experiencia investigadora para elaborar esta completa, rigurosa y práctica monografía, en la que se encuentran reflexiones certeras y sensatas, que sin duda alguna constituirá un referente en la materia. ÍNDICEAbreviaturasI. INTRODUCCIÓNII. DEFINICIÓN DE JUEZ DEPORTIVO DE DISCIPLINAS HÍPICASIII. COMETIDOS DE LOS JUECES DEPORTIVOS DE DISCIPLINAS HÍPICASA. Juzgar técnicamente todas las pruebas de la competición hípica para la que han sido designadosB. Ejercer la potestad disciplinariaIV. LA RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA DE LOS JUECES DEPORTIVOS DE DISCIPLINAS HÍPICASA. Principios informadores del derecho sancionador1. Principios que se recogen expresamente en la normativa de la Real Federación Hípica Españolaa) Principio de tipicidadb) Principio non bis in idem c) Principio de retroactividad favorabled) Principio del derecho de audienciae) Principio del derecho a recurrirf) Principio de culpabilidad2. Otros principios del Derecho sancionador a los que se remite implícitamente la normativa de la Real Federación Hípica Españolaa) Principio de buena feb) Principio del derecho a asistencia por la persona que designe el interesadoc) Principio de contradicciónd) Principio del derecho a proponer y a practicar pruebase) Principio de proporcionalidad3. Principio pro competitione B. Infracciones y sanciones1. Infracciones muy graves2. Infracciones graves3. Infracciones leves4. La multaC. Circunstancias modificativas de la responsabilidad disciplinaria deportiva1. Circunstancias atenuantes2. Circunstancias agravantes3. Extinción de la responsabilidad disciplinariaa) Prescripción de las infraccionesb) Prescripción de las sancionesD. Responsabilidad de los jueces deportivos en materia de dopajeE. Responsabilidad administrativa de los jueces deportivos por realizar actos violentos, racistas, xenófobos o intolerablesF. La disciplina deportiva en las carreras de caballosV. LA RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS JUECES DEPORTIVOS DE DISCIPLINAS HÍPICASA. La responsabilidad civil contractual y la responsabilidad civil extracontractualB. Actuación dolosa del juez deportivoVI. LOS ERRORES DE LOS JUECES DEPORTIVOS DE DISCIPLINAS HÍPICASA. Decisiones adoptadas después de la prueba deportiva en disciplinas hípicas que consisten en ejercicios individualesB. Decisiones adoptadas durante el encuentro deportivo cuando compiten dos equiposVII. LA IMPRESCINDIBLE IMPARCIALIDAD DEL JUEZ DEPORTIVOVIII. ¿ES POSIBLE LA RECUSACIÓN DE LOS JUECES DEPORTIVOS EN COMPETICIONES HÍPICAS?IX. LA PROHIBICIÓN DE ACTUAR COMO JUEZ DEPORTIVO EN COMPETICIONES HÍPICAS CUANDO EXISTA UN CONFLICTO DE INTERESESA. La resolución del Tribunal Catalán del Deporte de 8 de marzo de 2012B. Supuesto de hecho del art. 156.1 RG1. Sujetos2. Interpretación de la expresión «conflicto de intereses»3. Significado de la expresión «dudas razonables»C Excepciones1. Cuando no sea posible evitar el conflicto de intereses2. En ocasiones excepcionales, por la experiencia y conocimientos del juezD Consecuencias jurídicas1. Situaciones posiblesa) En pruebas hípicas que consisten en ejercicios individualesb) En encuentros deportivos en los que compiten dos equipos2. Legitimación y tiempo para hacer valer la nulidadX. LOS PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS PARA DENUNCIAR LA ACTUACIÓN DE LOS JUECES DEPORTIVOS DE DISCIPLINAS HÍPICAS EN COMPETICIONES NACIONALESA. Los principios generales de los procedimientos disciplinarios1. Necesidad de expediente disciplinario2. Condiciones de los procedimientosa) Procedimiento inmediato b) Procedimiento urgente 3. Las actas suscritas por los jueces y árbitros deportivos de disciplinas hípicas son un medio de prueba documental necesario4. Concurrencia de responsabilidades deportivas y penales5. Concurrencia de responsabilidades deportivas y administrativas6. Personación de los interesados en los procedimientos disciplinariosB. Disposiciones comunes a los procedimientos disciplinarios 1. Notificación personal y comunicación pública de las resoluciones2. Recursos que se pueden interponer3. Contenido de los escritos en que se formalicen reclamaciones o recursos4. Cómputo de los plazos para formular recursos o reclamaciones5. Contenido de la resolución de un recurso6. Ejecución inmediata de las sanciones impuestas7. Capacidad de obrar para promover (o intervenir en) procedimientos disciplinariosC. El procedimiento disciplinario ordinario1. Legitimación2. Plazos3. Forma de las reclamaciones y de su resolución4. Tramitación y resolución5. Depósito de una fianza tanto para reclamar como para recurrirD. El procedimiento disciplinario extraordinario1. Iniciación del procedimiento2. Nombramiento de instructor3. Abstención y recusación del instructor y del secretario4. Medidas provisionales5. Impulso de oficio6. Prueba7. Acumulación de expedientes8. Pliego de cargos y propuesta de resolución9. ResoluciónXI. LOS PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS PARA DENUNCIAR LA ACTUACIÓN DE LOS JUECES DEPORTIVOS DE DISCIPLINAS HÍPICAS EN COMPETICIONES AUTONÓMICASBibliografía