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La duración de un arrendamiento de vivienda es condición fundamental del mismo y son muchos los matices que se han de tener en cuenta. Se plantean las siguientes preguntas: ¿Cuál es el plazo mínimo? ¿Procede su prórroga? ¿Por cuánto tiempo? En caso de no renovación por el arrendatario, ¿cuándo debe comunicarlo? ¿Puede el arrendador resolver el contrato por necesidad? Los arts. 9 y 10 LAU 29/1994, que contemplan estas cuestiones, fueron reformados por la Ley 4/2013, por lo que habrá que estar a la fecha del arrendamiento para determinar qué precepto es el aplicable con consecuencias muy diferentes.