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Las normas de la calificación del concurso cumplen una función de demarcación de carácter necesario entre la libertad de empresa y la protección de los acreedores, constituyendo un sistema de incentivos negativos que vienen a fomentar la observancia de ciertos deberes empresariales de particular trascendencia, todo lo cual beneficia al interés público y coadyuva con el interés privado de los acreedores. A este respecto, el sistema de calificación se construye sobre un triple eje: la cláusula general de culpabilidad, los supuestos de concurso culpable y las presunciones relativas de culpabilidad, teniendo cada una de las diferentes técnicas un alcance particular. El concurso culpable declarado a través de cualquiera de estas vías producirá una serie de efectos personales y patrimoniales sobre las personas afectadas por la calificación y las declaradas cómplices, debiendo coordinarse oportunamente las disposiciones del Derecho Concursal y de Sociedades para crear un Derecho de las Crisis Empresariales en el que se establezcan, entre otros aspectos, un nuevo marco de responsabilidad de los administradores societarios.